Regulación fintech en Chile: El rol de la CMF y otros desafíos en el crecimiento de las empresas

En Chile, las fintech pasarán a formar parte del sistema de finanzas abiertas, junto con los actores tradicionales del mercado financiero, como bancos y emisores de tarjetas, también regulados por la CMF./ Tomada del sitio web de la empresa.
En Chile, las fintech pasarán a formar parte del sistema de finanzas abiertas, junto con los actores tradicionales del mercado financiero, como bancos y emisores de tarjetas, también regulados por la CMF./ Tomada del sitio web de la empresa.
Especialistas recomiendan al regulador aplicar los principios de proporcionalidad y modularidad para evitar que las empresas más pequeñas pierdan competitividad.
Fecha de publicación: 11/03/2025
Etiquetas: Chile, regulaciones, normativa legal, fintech, Tecnología Financiera, finanzas abiertas, servicios financieros

En su más reciente informe, Finnovista concluyó que el ecosistema fintech chileno avanza hacia su consolidación a "ritmos considerables". Una evidencia de esto podría ser el crecimiento de nuevos proyectos de una manera más mesurada que en años anteriores: mientras que en el primer semestre de 2024, considerando el mismo periodo de 2023, el aumento de la cantidad de emprendimientos fue de 16,0 % (848 nuevas empresas), en el periodo inmediato anterior fue de 34,1 %.

Al cierre del primer semestre del año pasado, 348 startups componían el ecosistema y a estas se sumaban 137 startups extranjeras para un total de 485.

 

 


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Acogerse a la regulación

La regulación ha sido clave en este avance y sigue siendo un gran desafío para el ecosistema fintech chileno. El 3 de febrero culminó el proceso de inscripción de las empresas de tecnología financiera que operaban en el mercado ante el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (Registro Fintech), a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), de conformidad con la Ley N° 21.521 o 'Ley Fintec' y las Normas de Carácter General (NCG) N° 502. En este registro deben inscribirse empresas dedicadas a la prestación de servicios de plataforma de financiamiento colectivo, sistema alternativo de transacción, intermediación de instrumentos financieros, enrutamiento de órdenes, asesoría crediticia, asesoría de inversión y custodia de instrumentos financieros, quienes, además, deben ser autorizados para tales fines.

En total, la CMF recibió 335 solicitudes, de las cuales 160 comenzaron a tramitar en paralelo la autorización de funcionamiento. Sin embargo, el regulador del sistema financiero chileno informó del rechazo de 33 solicitudes de registro, equivalente al 10 % de las solicitudes.

Con el registro y autorización de las empresas establecidas el regulador asegura que "se consolida un hito clave en la implementación de la Ley y se avanza en el fortalecimiento de un ecosistema financiero más inclusivo y competitivo".

Francisco Guzmán

Francisco Guzmán, socio de Carey, destaca que el proceso supuso un esfuerzo considerable para aquellas entidades que, hasta entonces, operaban sin regulación, especialmente las empresas de menor tamaño.

En relación con los rechazos, precisa que obedecen, principalmente, a dos factores: el primero, que cree constituye el mayor número de casos, está relacionado con incumplimientos que podrían denominarse “formales”, es decir, aquellos en los que los solicitantes no presentaron la totalidad de los antecedentes requeridos por la normativa aplicable. Ello se debería, fundamentalmente, al desconocimiento de algunos solicitantes de los procedimientos regulatorios ante la CMF, que exige estrictamente presentar debidamente todos y cada uno de los documentos requeridos por la normativa.

Un segundo factor, que denomina “de fondo”, se refiere a lo complejo que pueden resultar algunos de los antecedentes que se deben presentar al regulador, en especial las políticas de gestión de riesgos y los planes de negocio, entre otros, que requieren información detallada y deben ser preparados por equipos multidisciplinarios (abogados, asesores comerciales y desarrolladores) para cumplir los requisitos de la regulación.

Luego de concluido el proceso de inscripción ante la CMF, aquellas compañías que prestaban servicios fintech y que no presentaron su solicitud de registro y autorización antes del 3 de febrero, debieron abstenerse de continuar prestando servicios fintech, limitándose únicamente a concluir las operaciones en curso, en cumplimiento de la normativa legal vigente. La CMF ha advertido que operar fuera del marco legal acarreará medidas de fiscalización y sanciones.

Mientras, las nuevas entidades que deseen ingresar al mercado deberán solicitar la inscripción y autorización correspondiente, antes de prestar cualquier servicio bajo la Ley Fintec.


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Desafíos en un entorno regulado

Fernando Noriega

Para Fernando Noriega, también socio de Carey, en adelante, los principales desafíos regulatorios para las empresas fintech son la implementación de controles para el cumplimiento normativo y la gestión de riesgos

Respecto al primer punto, explica que las empresas registradas deberán implementar sistemas internos para cumplir con la normativa y reportar periódicamente a la CMF, lo que reconocerepresenta costos adicionales y una carga administrativa relevante.

“En cuanto al cumplimiento normativo, la principal recomendación es implementar en forma rápida y eficiente las políticas internas presentadas por las empresas a la CMF y contar con los recursos internos suficientes para que una vez que sean autorizadas a operar, estén en condiciones de cumplir debidamente con los reportes normativos exigidos”, comenta Noriega. 

Además, sugiere desarrollar estrategias eficientes para gestionar riesgos y fortalecer la infraestructura tecnológica y operativa para cumplir con las obligaciones regulatorias.

En relación con el segundo punto, considera esencial gestionar adecuadamente los riesgos derivados de las actividades, puesto que la supervisión prudencial de la CMF se fundamenta en la evaluación de tales riesgos, lo que incluye incluye contar con políticas específicas para la gestión de riesgos, continuidad del negocio y riesgos operacionales.


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Cuidar la competitividad

Partiendo de lo visto en una reciente reunión con más de 100 representantes del sector para responder consultas y facilitar instancias de inducción para los primeros reportes, Noriega recomienda al regulador mantener una postura cercana y de apoyo. 

Más allá, considera importante que la CMF ejerza sus facultades regulatorias, bajo los principios de proporcionalidad y modularidad, como lo establece la Ley Fintec, de manera de ajustar los requisitos según el nivel de riesgo de cada servicio y entidad, para evitar sobrecargar a los actores más pequeños y, más bien, fomentar un entorno competitivo.

"La regulación busca generar mayor estabilidad y seguridad en el sistema financiero a través del fortalecimiento de los mecanismos de protección al cliente, prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo", destaca Guzmán.

El especialista considera que, si bien existen espacios de mejora en la normativa y funcionamiento del sistema, la regulación proporcionará mayor certeza jurídica para las actividades fintech, lo que permitirá a las entidades desarrollar sus negocios con mayor seguridad y dentro de un marco regulatorio claro. 

Incluso, avala lo señalado por distintos actores en el sentido de que la nueva regulación otorga condiciones para que Chile pueda posicionarse como un hub regional de negocios fintech, promoviendo un ecosistema dinámico y competitivo.

Y refuerza a Noriega al señalar que es importante que la CMF aplique los principios de proporcionalidad y modularidad para evitar que las empresas más pequeñas pierdan competitividad. 

“Un exceso de regulación podría generar distorsiones en el mercado, desincentivando el crecimiento de empresas emergentes y afectando el desarrollo de la industria”, explica el socio de Carey.


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Finanzas abiertas

 

Bajo las las Normas de Carácter General N° 514, las entidades registradas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros pasan a formar parte del sistema de finanzas abiertas, junto con los actores tradicionales del mercado financiero, como bancos y emisores de tarjetas. Noriega destaca que respecto a este sistema, que supone un gran avance en términos de innovación y competencia en el sector financiero, es clave que su implementación sea progresiva y equilibrada para evitar desventajas para las fintech más pequeñas.

Pero advierte la falta de claridad de si las entidades extranjeras inscritas bajo el régimen de excepción de la NCG N° 502 están exentas de participar del sistema de finanzas abiertas. 

“La CMF no ha especificado si estas entidades son o no Instituciones Proveedores de Información (IPI), lo que genera incertidumbre y podría generar costos desproporcionados en la implementación de sistemas de intercambio de información transfronterizos”, señala Noriega.

El abogado resalta las bondades del open finance: permitirá una mayor competencia en el mercado, ya que la interoperabilidad y el acceso a información financiera fomentarán la portabilidad financiera y la evaluación crediticia, promoviendo una oferta de productos más personalizada y ajustada a las necesidades de los clientes, además de que se espera que, junto con la nueva Ley de Protección de Datos, eleve los estándares de seguridad en el tratamiento de la información de los clientes.
En su opinión, diversos son los retos que impone el sistema de finanzas abiertas para las fintech y la banca tradicional, especialmente en términos tecnológicos y de ciberseguridad. Destacan entre los principales:

  • Interconexión tecnológica: Las entidades deberán garantizar que su interfaz de programación de aplicaciones (o API - application programming interface) cumplan con los estándares exigidos por la CMF, incluyendo un tiempo de actividad mínimo del 99,5 %, lo que requiere inversiones en infraestructura y monitoreo constante.
  • Seguridad y protección de datos: La implementación del sistema implica el intercambio de información financiera entre distintos actores, lo que exige estrictos controles de ciberseguridad para evitar fraudes y accesos no autorizados.
  • Costos de adaptación: La adecuación a los estándares tecnológicos representa un desafío financiero significativo, ya que las entidades deberán invertir en plataformas de interconexión que les permitan operar bajo el modelo de finanzas abiertas.

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De allí que recomienda a las entidades que establezcan políticas de monitoreo y control para garantizar que las solicitudes de datos se realicen en condiciones de seguridad e implementen normas de gestión de riesgos que permitan mantener la infraestructura del sistema de finanzas abiertas separada de otros sistemas internos de la entidad.

“Se debe hacer presente, como lo ha entendido el regulador, que la implementación del sistema será gradual, de manera de asegurar que las entidades tengan el tiempo suficiente para adecuarse a las nuevas exigencias sin afectar la continuidad de sus operaciones”, concluye.

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