
“El Perú ha dado un salto estratégico con la puesta en marcha del Megapuerto de Chancay, pues integrará al país en las principales rutas de comercio internacional, especialmente con Asia. Más allá de las oportunidades comerciales, esto también supone nuevos estándares y exigencias en materia de sostenibilidad y derechos humanos”, anticipa André Cossio, socio de derecho laboral de Rubio Leguía Normand.
El objetivo del megapuerto de Chancay, que recibió una inversión de 3.400 millones de dólares, es impulsar el comercio y la economía internacional: se trata de una terminal portuaria multipropósito de gran capacidad, que facilita la ruta comercial Asia-Sudamérica.
Para Cossio, el megapuerto no solo abre oportunidades y desafíos, sino también una creciente presión normativa y comercial.
“Cada vez más compradores, inversionistas y financiadores condicionan las relaciones comerciales al cumplimiento de estándares robustos de human rights due diligence, especialmente en sectores exportadores y en infraestructuras estratégicas, como el Megapuerto de Chancay”, explica.
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Due diligence y derechos humanos, la piedra angular
A nivel internacional, existe una clara transición en materia de due diligence: de estándares voluntarios a obligaciones legales.
“Instrumentos como la Directiva de Debida Diligencia de Sostenibilidad Corporativa de la UE (CSDDD), las leyes francesas y alemanas de due diligence, y la evolución de las guías OCDE, entre otras, están consolidando la exigencia de implementar procesos efectivos de prevención, mitigación y reparación de impactos en derechos humanos y medio ambiente. En materia laboral, la Declaración Tripartita de la OIT sobre Empresas Multinacionales y la Política Social también incorpora un enfoque vinculado a la Conducta Empresarial Responsable que incluye el respeto de los derechos humanos laborales como la prohibición de recurrir al trabajo infantil, al trabajo forzoso, los derechos de libertad sindical y negociación colectiva; y seguridad y salud en el trabajo”, señala Cossio.
Si bien Perú aún no cuenta con una ley específica de due diligence, el experto en derecho laboral destaca iniciativas como el Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos (2021-2025), y determinadas regulaciones sectoriales vinculadas a la minería, pesca o infraestructura, que ya incorporan exigencias relacionadas.
“En el sector minero, por ejemplo, en 2020 se publicó la Guía de Derechos Humanos y Empresas, que recoge lineamientos voluntarios para incorporar procesos de due diligence en derechos humanos, sobre la base de los Principios Rectores de la ONU”, detalla.
Jorge Dávila, socio de derecho tributario del despacho peruano, reconoce que la presión internacional y contractual es creciente, en particular para empresas que integran cadenas de suministro globales.
“El principal riesgo no es solo reputacional, sino comercial: las empresas que no adopten estándares de due diligence adecuados pueden ser excluidas de mercados internacionales, restringidas en el acceso a financiamiento o enfrentar litigios transnacionales. En un contexto donde el Megapuerto será un nodo clave de comercio global, adaptarse a estas exigencias ya no es opcional”, opina.
En el Congreso de la República hay un debate en torno al Proyecto de Ley N° 6940/2023-CR, que pretende establecer un marco normativo para la imputación de responsabilidad empresarial e implementación de mecanismos de debida diligencia para la protección de los derechos humanos y el medioambiente.
“De aprobarse, esta norma se aplicaría a todas las empresas que ejecuten actividades u operaciones o que tengan impacto en el territorio peruano, incluso cuando se ejecuten a través de sucursales, filiales, proveedores, subcontratistas, licenciatarios o se realicen a través de medios digitales, sea que estén o no domiciliadas en el Perú, sin importar su tamaño o nacionalidad de la participación accionaria”, adelanta Dávila.
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Evolución del cumplimiento normativo en el comercio internacional
La legislación peruana ha experimentado transformaciones significativas para alinearse con los estándares internacionales y facilitar el comercio exterior. Cossio y Dávila destacan:
- El Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP), suscrito por el Perú el 8 de marzo de 2018: representa uno de los acuerdos comerciales más ambiciosos y de mayor impacto estratégico para la economía nacional. “Este tratado, suscrito con Australia, Chile, México, Canadá, Nueva Zelanda, Japón, Singapur, Vietnam, Brunel y Malasia, tiene como objetivo principal la liberalización del comercio y la inversión entre sus miembros, estableciendo reglas modernas y estándares elevados en materia de acceso a mercados, propiedad intelectual, comercio digital, medio ambiente y derechos laborales. La entrada en vigor del CPTPP para el Perú se concretó el 19 de septiembre de 2021, tras la ratificación del Congreso y el cumplimiento de los procedimientos internos. Con ello, el país accedió a un bloque económico relevante, que genera oportunidades para la diversificación de mercados y la atracción de inversiones. Además, al eliminar progresivamente los aranceles en sectores clave como agroexportación, pesca y manufactura, se fortalece la competitividad de los productos peruanos en mercados estratégicos como Japón, Canadá y Australia, facilitando un comercio más dinámico y con reglas claras”, comenta Cossio.
“Los beneficios de este tratado son amplios: ha logrado el incremento sustancial en las exportaciones peruanas, especialmente en productos con valor agregado, gracias a las reglas de origen flexibles y la reducción de barreras comerciales; ha promovido la mejora de estándares laborales y ambientales, generando condiciones más equitativas para los trabajadores y fomentando el desarrollo sostenible; y ha generado una modernización de las reglas sobre el flujo de datos y el comercio electrónico, impulsando la transformación digital de las empresas peruanas y facilitando su inserción en la economía global”, resume Dávila.
- Nuevo proceso de Transbordo Digital (DESPA-PG.11- versión 4): “Se modificó el Procedimiento General Transbordo, a fin de regularizar el uso del buzón electrónico para las notificaciones de actos y el uso de la dirección de correo electrónico registrada al presentar solicitudes a través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT (MPV – SUNAT), para que la Administración Aduanera realice comunicaciones vinculadas al despacho aduanero del régimen”, describen.
- Resolución de Superintendencia N° 000027-2024-SUNAT/300000: “Se aprobó la facultad discrecional para no sancionar las infracciones relacionadas con el régimen de transbordo, conforme al artículo 197 de la Ley General de Aduanas, durante el periodo de estabilización del nuevo proceso digital de transbordo. Esta medida es aplicable a las infracciones tipificadas con los códigos N20 y N21 de la Tabla de Sanciones, siempre que se cumpla con ciertas condiciones, como la transmisión o registro de la información omitida y que la infracción se haya cometido entre el 18 de noviembre de 2024 y el 18 de febrero de 2025. Estas normativas y acuerdos reflejan el compromiso de Perú por modernizar su legislación aduanera y facilitar el comercio internacional, alineándose con las mejores prácticas y estándares internacionales”, considera Cossio.
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¿Qué oportunidades regulatorias existen para facilitar el comercio exterior?
Según los expertos, existen diversas oportunidades regulatorias para mejorar la eficiencia en el comercio exterior en Perú:
- Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE): “Mediante el Decreto Supremo No. 010-2009-MINCETUR, se aprobó la VUCE, herramienta que ha permitido la facilitación del comercio; ahora los operadores pueden realizar determinados trámites de exportación, importación y tránsito de mercancías de manera digital, reduciendo costos y tiempos administrativos. A través de la VUCE, se ha logrado optimizar la interacción con diversas entidades públicas, eliminando procesos presenciales engorrosos y promoviendo la transparencia. Asimismo, ha permitido mejorar la competitividad al agilizar autorizaciones, certificaciones y otros procedimientos clave para el comercio internacional. Su implementación ha contribuido a la modernización del comercio exterior peruano, alineándolo con estándares globales y facilitando una mayor integración en las cadenas de valor internacionales”, subraya Carla Zelada, asociada principal de Rubio Leguía Normand.
- Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N°000008-2025-SUNAT/300000: “Se aprobó la facultad discrecional para no sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, relacionadas con la transmisión de la documentación que sustenta la declaración aduanera de mercancías al régimen de importación para el consumo en forma digitalizada, que está vigente desde el 25 de marzo de 2025. Cabe tener en cuenta que esta medida aplica a las infracciones identificadas con los códigos N85, N86, P95 y P96 de la Ley General de Aduanas, cometidas entre el 31 de marzo y el 30 de junio de 2025. Dentro de los principales beneficios, existen dos puntos importantes: el período de adaptación, que brinda a los operadores de comercio exterior un plazo para adecuarse a la nueva exigencia de transmitir digitalmente la documentación sustentatoria, reduciendo el riesgo de sanciones durante este proceso de transición; y el fomento de la digitalización, que incentiva la modernización y eficiencia en los procesos aduaneros, promoviendo el uso de herramientas digitales”, comparte Zelada.
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Nearshoring y trabajo remoto transfronterizo
La movilidad laboral internacional ha crecido con la expansión del nearshoring y los modelos de trabajo remoto transfronterizo. Ahora bien, ¿cuáles son los principales desafíos que enfrentan las empresas peruanas al contratar talento extranjero?
- Legislación migratoria y laboral sobre la contratación de personal extranjero: “Es usual que existan regímenes y tratamientos diferenciados en atención a la nacionalidad del ciudadano extranjero, por los acuerdos internacionales suscritos por el Estado. Esto obliga a que las empresas cuenten con asesores que les brinden el soporte legal correspondiente para que los procesos de contratación no generen contingencias, tanto a la persona contratada como a la empresa misma”, recomienda Cossio.
- Planificación de los procesos de contratación: “Dado que la legislación migratoria y laboral tienen tratamientos y procedimientos especiales con requisitos y plazos que considerar, resulta necesario que los procesos de contratación se programen, planifiquen y ejecuten con la debida antelación. Así, el inicio de las labores del personal extranjero podrá darse en la oportunidad requerida por la empresa sin exponerse a riesgos legales”, aconseja Zelada.
- Establecer mecanismos de seguimiento y control. “Las empresas deben adoptar las medidas de control pertinentes para asegurar que los trabajadores extranjeros mantengan vigente su documentación migratoria, que es lo que les permite trabajar legalmente en el Perú”, indica Cossio.
“La legislación peruana ha establecido como porcentajes limitativos para la contratación de personal extranjero que no superen el 20% del total de trabajadores de la empresa; y que sus remuneraciones no superen el 30% del total de las remuneraciones que paga el empleador. Se ha previsto también supuestos de exoneración y excepción a estos porcentajes limitativos”, amplía Angel Ramírez, asociado principal del despacho peruano.
Más allá de las consideraciones a tener en cuenta para cumplir con la legislación local, incluir a talentos extranjeros en el staff puede ser muy competitivo: la movilidad internacional de talento puede tener un gran beneficio para empresas de comercio internacional.
“Las empresas con talento extranjero no sólo tienen una mayor gama de profesionales altamente capacitados y especializados, sino que enriquecen sus equipos con distintas culturas, experiencias y tipo de formación. Todo esto deriva en nuevas ideas y mayores oportunidades para acceder a mercados extranjeros, fundamentalmente si las empresas aprovechan el conocimiento local y los contactos que sus trabajadores extranjeros tienen en otros países”, resalta Carla Zelada.
Para saber más sobre el tema, puedes unirte al webinar Due Diligence y derechos humanos en el comercio internacional, impartido por André Cossio y Jorge Dávila, socios del despacho peruano Rubio Leguía Normand. Para inscribirte, haz clic aquí.
¿Quiénes pueden participar? “El webinar está dirigido a empresas exportadoras, operadores logísticos, inversionistas, asesores legales, gerencias de cumplimiento y sostenibilidad, e inclusive a autoridades vinculadas al comercio exterior y derechos humanos; y, en general, a cualquiera empresa u organización que pretenda integrarse en el comercio internacional”, invita Dávila.
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