¿Qué alivios plantea la reforma tributaria argentina y cómo impacta a las empresas?

Después de dos años consecutivos de contracción, el Banco Mundial proyecta un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de 5 %./ Unsplash - Mario Amé.
Después de dos años consecutivos de contracción, el Banco Mundial proyecta un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de 5 %./ Unsplash - Mario Amé.
Abogados de Marval mencionan las distorsiones que afectan a las empresas y el desarrollo de los negocios.
Fecha de publicación: 07/04/2025
Etiquetas: Argentina, impuestos, Derecho Tributario, reforma tributaria

Hace varios meses, el Gobierno argentino anunció la iniciativa de 'reforma impositiva estructural', con la que busca eliminar el 90 % de los impuestos nacionales que menor peso tienen en la recaudación, además de generar una competencia en materia impositiva entre las provincias para la atracción de inversiones.

De manera preliminar, se ha adelantado que de la cantidad de tributos que hoy recauda el país entre tasas, impuestos, contribuciones y derechos, quedarían solo seis:

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social.
  • Impuesto a las Ganancias.
  • Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB).
  • Impuesto a débitos y créditos bancarios (también llamado impuesto al cheque).
  • Derechos de exportación.

En un informe divulgado el año pasado, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), señala que en el país existían 155 tributos, la mayoría municipales, y de estos solo un 10 % aportaban 92 % de la recaudación. Pero este es apenas uno de los problemas que genera un entorno complejo y, en muchos casos, adverso para el desarrollo de los negocios en el país.


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Distorsiones tributarias 

Luciana Virgile

Como un país federal, en Argentina el gobierno, las provincias y los municipios tienen potestades para crear y recaudar tributos y, aunque la Constitución distribuye ese poder de forma ordenada, a lo largo de la historia se han ido produciendo múltiples desfases y distorsiones que han generado un entorno complejo.

Luciana Martina Virgile, socia especialista en derecho tributario de Marval O’Farrel Mairal, menciona algunas de las trabas que enfrentan las empresas en materia impositiva:

  • Superposición de tributos y distorsiones del régimen planteado bajo la Ley de Coparticipación. La multiplicidad de tributos a nivel nacional, provincial y municipal no solo incrementa la carga fiscal sobre las empresas, sino que también crea confusión en cuanto a las obligaciones tributarias específicas, dificultando la planificación fiscal y financiera.
  • Arbitrariedad en la creación y modificación de tributos. La falta de un marco normativo claro y estable permite que las autoridades implementen modificaciones imprevistas en el régimen tributario. Esta arbitrariedad puede desincentivar la inversión y provocar una incertidumbre que afecta la competitividad de las empresas.
  • Múltiples organismos de recaudación y ausencia de uniformidad de criterios. La existencia de diversos organismos encargados de la recaudación tributaria —a nivel federal, provincial y municipal— contribuye a la fragmentación del sistema. La falta de criterios unificados para el cobro de tributos genera ineficiencias y prácticas desiguales que pueden impactar negativamente en la gestión operativa de las empresas.
  • Excesivos regímenes de recaudación anticipada de impuestos. La obligación que tienen los contribuyentes de actuar como agentes de los distintos fiscos, a través de regímenes de retención o percepción, no solo amplía la carga administrativa, también incrementa la responsabilidad tributaria de los individuos y empresas, afectando su flujo de caja y su capacidad operativa.
  • Falta de incentivos para litigar contra las autoridades fiscales. A pesar de contar con argumentos sólidos en defensa de sus derechos, muchos contribuyentes se ven desincentivados a entablar litigios debido a la necesidad de pago previo, los prolongados tiempos de resolución, las bajas tasas de interés y retorno, así como la posibilidad de enfrentar sanciones que podrían afectar sus operaciones (bajas de registro, afectación del scoring fiscal). Este escenario limita, en gran medida, el acceso a la justicia tributaria.

“En conclusión, las distorsiones tributarias generan un marco de incertidumbre y complejidad que puede obstaculizar la actividad empresarial y, por ende, el crecimiento económico”, expresa la especialista.

De acuerdo con Virgile, además, abordar estas cuestiones es fundamental para promover un sistema tributario más equitativo y predecible, que permita a los distintos niveles de gobierno satisfacer, en cierto grado, sus necesidades presupuestarias en un adecuado equilibrio.  


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Entre alivios y parches

Muchos han sido los intentos que han hecho los gobiernos de Argentina en materia tributaria. Sin embargo, para Virgile, la Ley de Coparticipación que, en su momento, buscó distribuir de alguna manera las potestades tributarias de los distintos niveles de Gobierno, tiene casi 40 años y las distorsiones que se han ido produciendo en el medio llevan a la necesidad de una nueva solución. 

“A lo largo de la historia hubo algunos “parches”, como la creación de pactos fiscales entre la nación y las provincias, pero estos han demostrado ser poco exitosos en su implementación”, manifiesta. 

Agrega que las distintas reformas tributarias hechas a nivel nacional tampoco han servido para aliviar las distorsiones mencionadas y, por el contrario, en muchos casos, las han agudizado.

Alivios temporales (como moratorias, régimen de pago, blanqueos) o beneficios sectorizados, como pueden ser algunos regímenes de promoción, por ejemplo el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), buscan ser un paliativo para quienes realicen las inversiones estratégicas que tanto necesita el país. De hecho, uno de los objetivos previstos en la ley es generar condiciones competitivas para atraer inversiones, así como también de previsibilidad y estabilidad, y aclara “sin las cuales determinadas industrias no podrían desarrollarse”.

Diversos intentos de reforma

 

Sergio Vergara

Sergio Daniel Vergara, también socio del área de impuestos de Marval, explica que el régimen tributario argentino es dinámico en todos los niveles de gobierno e, incluso, en materia de pactos fiscales entre las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y la Nación. 

A esto se suma que a nivel municipal y provincial la legislación tributaria que establece hechos gravados, alícuotas y procedimientos tributarios se van modificando, por lo menos, con una frecuencia anual.


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En tanto que a nivel intrafederal, es decir, de los pactos fiscales, cabe tener en cuenta se han registrado importantes cambios en la definición de las situaciones gravadas y distribución de base imponible en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, mediante los denominados “consensos fiscales” de los años 2017 en adelante y en las resoluciones generales de la Comisión Arbitral. A partir de estas modificaciones se ha ido adaptando el requisito de “territorialidad” para la recaudación de este impuesto en el marco de los nuevos modelos de negocios y la digitalización de la economía.

A nivel nacional, mediante la Ley 27743, publicada en el Boletín Oficial el 08/07/2024, se creó un paquete fiscal impulsado por la Administración actual que estableció algunas modificaciones al régimen tributario argentino (más allá de incluir regímenes de moratoria y blanqueo que se extendieron durante un tiempo).

Vergara enumera algunas decisiones incluidas en la Ley de Medidas Fiscales 27743: 

a) un régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales y modificaciones a la ley del Impuesto (fundamentalmente, mínimos no imponibles y alícuotas aplicables);

b) la derogación del Impuesto a la Transmisión de Inmuebles (ITI), en función de la cual las operaciones de compraventa de inmuebles adquiridos con anterioridad al 01/01/2018 quedan excluidas de este tributo y del Impuesto a las Ganancias (excepto para habitualistas);

c) la eliminación del impuesto cedular sobre los ingresos obtenidos por el empleo en relación de dependencia;

d) modificaciones al régimen del monotributo;

e) el establecimiento de un régimen de transparencia fiscal al consumidor, que implicará, en esencia, la exhibición de la carga tributaria que se va originando en la cadena de valor de los productos que adquirimos.


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Asegura que ese paquete fiscal tuvo como objetivo abordar necesidades coyunturales que es el fin que, en muchas ocasiones, persiguen las reformas tributarias. Pero además, eliminar algunos tributos que generaban escasa recaudación e implicaban una carga para los contribuyentes (el ITI) y establecer medidas que permitan que el ciudadano común tome conciencia de la incidencia impositiva en el precio de los productos que adquiere.

En relación con el RIGI, establecido por la Ley Bases, que también introdujo algunas modificaciones a los Impuestos Internos, comenta que podría ser un anticipo de las medidas fiscales que el gobierno pretende que formen parte del régimen general aplicable al sector empresario en el futuro.

Vergara también menciona la Ley 27541, publicada en el Boletín Oficial el 23/12/2019, que creó el Impuesto País, que —asegura— ha generado importantes distorsiones para las empresas en Argentina y que, aún hoy, habiendo finalizado su vigencia, sigue generando interrogantes y dudas en el sector respecto de la recuperación de los saldos ingresados en exceso.

Entre los cambios legales citados resalta que la última gran reforma integral del régimen tributario a nivel nacional fue introducida mediante la Ley 27430, publicada en el Boletín Oficial el 29/12/2017 e impulsada por la Administración del entonces presidente Mauricio Macri. Entonces, se actualizó el régimen tributario nacional: ley de impuesto a las ganancias (reinstaurando el ajuste por inflación impositivo para las empresas, eliminando el impuesto de igualación, reduciendo la alícuota corporativa y gravando los dividendos, entre otras muchas reformas), ley de impuesto al valor agregado y régimen penal tributario, entre otros.


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Tributos más gravosos para las empresas

El socio de Marval comenta que, por su impacto económico, probablemente ganancias, IVA y dependiendo la industria, derechos de exportación / importación son los que más afectan a las empresas, sin dejar de lado el Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) por su peso, especialmente si se desarrolla actividad interjurisdiccional, que puede generar aún más distorsiones.

Además, menciona el encarecimiento de los productos que exportan las empresas en función de los derechos a las exportaciones (las retenciones), el Impuesto País que recaía sobre las importaciones para las cuales las empresas tenían la necesidad de acceder al mercado de cambios, etc. Después de cinco años, el Impuesto País dejó de cobrarse en diciembre pasado.

Para Vergara, "lamentablemente", una buena parte de los tributos que se recaudan en Argentina son, por su propia naturaleza, 'distorsivos' (ingresos brutos y tasas municipales que no permiten reconocer un crédito por el tributo abonado en la etapa anterior) o aun cuando no produzcan per se esa distorsión, algunas limitaciones en las leyes que los regulan o en la forma en que son interpretadas por las autoridades fiscales la terminan produciendo. Ejemplo de esto son las limitaciones al ajuste por inflación en la ley de impuesto a las ganancias, acumulación de saldos a favor que exceden la obligación del tributo, el Impuesto sobre los Débitos y Créditos que recae sobre transferencias de dinero que no son propias del contribuyente que lo tributa, entre otros.

Un ejemplo de una preocupación muy importante de las empresas es que los diferentes gobiernos no han sabido resolver es la carga tributaria que generan el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y la Tasa de Seguridad e Higiene que perciben los municipios por “supuestos” servicios de inspección pero que, en la práctica, operan como un impuesto sobre los Ingresos Brutos municipal.

"En términos reales, estos tributos locales tienen una carga muy relevante en la cadena de valor de cualquier empresa en Argentina, la que se agrava en función de las importantes sumas que anticipan las empresas a los fiscos locales que, mediante regímenes de pagos a cuenta, tienen asegurada la recaudación de varios años, aunque con recursos que no son propios y que no tienen como correlato obligación tributaria alguna", resalta el abogado.

 

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Soluciones en el ámbito judicial 

Frente a las frente a las distorsiones que muestra el sistema tributario argentino, Vergara considera que la Justicia tiene una importante responsabilidad en el escrutinio de la constitucionalidad de las leyes tributarias y en la legalidad y razonabilidad de su reglamentación e implementación por parte de las autoridades tributarias.

Explica que en los últimos años, el otorgamiento de una tutela preventiva a contribuyentes en casos en los que resulta claro el exceso por parte de las autoridades fiscales (fundamentalmente, mediante el establecimiento de pagos a cuenta o de tributos en exceso de la capacidad contributiva, en violación del principio de reserva de ley, etc.) fue realmente excepcional. 

Sin embargo, destaca que este reclamo no implica desconocer que la concesión de medidas cautelares que impliquen la suspensión de los efectos de actos estatales, especialmente si involucran la percepción de la renta pública, se interpreta con carácter estricto, y es allí donde nuevamente el rol del Poder Judicial es lograr determinar en qué casos ese criterio de interpretación debe matizarse frente a exacciones reiteradas e infundadas de las autoridades fiscales.

De allí que estima fundamental que los contribuyentes tengan acceso a medidas preventivas, que sean resueltas con rapidez y con un análisis circunstanciado, sin perder su carácter de provisionalidad, de los principios y derechos constitucionales que se encuentran afectados. Pues, de lo contrario, se genera en las autoridades fiscales la convicción de que, cualesquiera sean los alcances de sus reglamentaciones y pretensiones, el contribuyente deberá litigar durante años hasta obtener una sentencia que pudiera acoger su pretensión y que, probablemente, en los contextos de inflación y devaluación que permanentemente atraviesa Argentina, solo le reconozca el derecho a una tardía e insuficiente reparación.


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Frente a estas complejidades, recomienda a los contribuyentes abordar sus disputas con el Fisco desde sus primeras etapas:

a) Lograr ser contundentes en las etapas de inspección, para lograr convencer a los inspectores de la improcedencia de los ajustes y evitar que la disputa llegue a instancias formales en virtud de desconocimiento por parte del inspector de la actividad u operatoria de las empresas.

b) Analizar siempre qué posibilidades de tutela preventiva tiene la empresa y en qué etapa ejecutarla (amparo, medidas cautelares, recursos con efecto suspensivo, acciones ante Comisión Arbitral o Comisión Federal de Impuesto, alternativas para acceder a la Justicia Federal, etc.).

c) Evaluar siempre y, desde un primer momento, si alguna de las medidas que adopta la empresa tienen impactos o efectos sobre su elenco directivo, en función de la responsabilidad solidaria que le atribuyen las leyes tributarias


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Para Virgile, la complejidad que caracteriza al sistema tributario argentino requiere una solución más integral que una reforma tributaria, un reordenamiento de los ingresos y gastos públicos en todos los niveles de gobierno.

Al reordenamiento de los poderes fiscales, Vergara agrega la necesaria simplificación y automatización de los tributos y del propio sistema recaudatorio, más allá de los alivios temporales. 

“El sector empresario está esperando esa reforma resulte, no solo en una menor carga tributaria global, sino principalmente, en una simplificación del sistema tributario que permita tener mayor certeza y seguridad no solo a la hora de invertir, sino al realizar negocios en el día a día, eliminando, o de alguna manera, morigerando las distorsiones que comentábamos al principio”, comenta Virgile.

Las empresas también esperan que, además de las cuestiones atinentes a la simplificación de la tributación, el Gobierno logre establecer un régimen tributario menos gravoso, más equitativo y que reduzca drásticamente la carga tributaria que se genera por parte de los gobiernos locales.

La socia de Marval considera que la vía para lograr ese objetivo, “que todos esperamos desde la reforma de la Constitución en el año 1994, es el dictado de una nueva Ley de Coparticipación Federal que involucre a todos los niveles de gobierno y que logre una justa distribución de recursos tributarios y recaudación”. 

La realidad es que hasta hoy, las diferentes administraciones a nivel nacional no han encontrado los incentivos adecuados para lograr que los gobiernos locales se comprometan unánimemente a consensuar un régimen que cumpla con la manda constitucional de reemplazar la Ley de Coparticipación.

Aunque se espera que la reforma planteada se concrete este año, la misma depende de la sostenibilidad de las cuentas fiscales y del impulso que pueda dar a la recaudación la esperada recuperación de la economía. Después de dos años consecutivos de contracción, el Banco Mundial proyecta un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de 5 %.

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