Derechos en la música: lecciones aprendidas de Taylor Swift, Bad Bunny y Mi bebito fiu fiu

La cantante encontró una solución legal y unilateral para tener en su poder todos los derechos de Propiedad Intelectual de sus canciones: regrabar sus temas antiguos. / Unsplash, Raphael Lovaski.
La cantante encontró una solución legal y unilateral para tener en su poder todos los derechos de Propiedad Intelectual de sus canciones: regrabar sus temas antiguos. / Unsplash, Raphael Lovaski.
En Taylor’s version, Taylor Swift encontró la solución legal para recuperar el control de sus creaciones musicales.
Fecha de publicación: 20/07/2022

La Propiedad Intelectual está presente en casi todo lo que vemos y escuchamos, y en esa medida es tan importante para proteger las ideas de cualquier negocio, incluidos los de la industria musical y sus autores, quienes gozan de derechos únicos al concebir sus obras. Entre ellos están los derechos morales que reconocen la condición de creador de una pieza musical y que le dan el poder de exigir respeto a la integridad de su creación.

Por otro lado, están también los derechos patrimoniales, que abarcan derechos exclusivos que dejan en el titular la capacidad de autorizar en qué plataformas y formatos quiere que se muestre y explote lo que creó. En este contexto entran también sus derechos compensatorios, para obtener ganancias monetarias por su música a cambio de compartir los derechos de propiedad intelectual con más de una persona, como una disquera por ejemplo.


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Ello se logra mediante la firma de contratos llamados de edición musical, donde la persona que creó la letra de la canción, compuso la música o canta la pieza ceden sus derechos a una editora musical, que se queda con el derecho de explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la pieza creada, a cambio, claramente, de una compensación económica acordada con los autores.

Muchos artistas mundialmente reconocidos han tenido problemas con este tipo de contratos, por lo que optan por fundar su propia productora para tener máximo control sobre sus derechos y ganancias, limitando la función de disqueras a obligaciones administrativas, para sacarle el máximo provecho a su talento mediante la gestión del pago a los autores, grabaciones y publicidad de nuevo material. Se puede decir que la industria musical está cambiando a un modelo de mayor libertad para los músicos, haciéndolos dueños casi en su totalidad de todos sus derechos de Propiedad Intelectual sobre las canciones que componen.


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Taylor Swift vs Big Machine Records

Un caso conocido de disputas entre disqueras y artistas es el de Taylor Swift contra Big Machine Records. La cantante publicó ahí 17 álbumes (entre 2005 y 2017) y le cedió ciertos derechos de copyright al inicio de su carrera. Específicamente, cedió sus derechos sobre las grabaciones y firmó una cláusula que le impedía volver a grabar sus canciones hasta noviembre de 2020.

Años más tarde, la discográfica fue adquirida por Ithaca Holdings, que negoció, junto a Shamrock Holdings, los derechos de copyright de Swift. La artista de talla mundial perdió de esta manera el control sobre la negociación que se hiciera con sus letras y canciones, ahora en nuevas manos.

La controversia entre Swift y la discográfica llegó a ser muy popular en la prensa: se exponía que la empresa había arrebatado a la cantante todos los derechos de sus canciones, cuando en realidad no fue así, ya que estos derechos incluían únicamente la propiedad de las grabaciones y no la interpretación en vivo de ellas. El control de los discos siempre los tuvo Big Machine Records (porque ahí se grabó todo el material), pero la intérprete nunca dejó de recibir regalías por estos.

La disputa entre la cantante y la empresa se basó más en recuperar los derechos en su totalidad sobre los másteres (grabaciones originales) para que Swift tuviese aún más control sobre su música.

En 2021, la cantante encontró una solución legal y unilateral para tener en su poder todos los derechos de Propiedad Intelectual de sus canciones: regrabar sus temas antiguos en un álbum titulado Taylor’s version, con el que recibe el total de las ganancias generadas en plataformas digitales, programas de televisión y radio, entre otros medios, mediante la reproducción de las nuevas versiones de sus temas. Taylor Swift es la primera cantante en hacer est,o pero seguramente detrás de ella otros artistas tomarán la decisión de hacerlo también.


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Bad Bunny vs Missy Elliot

Otro caso de Propiedad Intelectual bastante conocido en la industria musical es la polémica entre el cantante urbano Bad Bunny y la rapera estadounidense Missy Elliot, enfrentados por el tema Safaera, que permaneció en el top 10 de Latinoamérica por varias semanas, hasta que, en mayo de 2020, la canción fue eliminada repentinamente de las plataformas de streaming luego de que Missy Elliott interpusiera una demanda millonaria por derechos de autor contra el boricua, quien usó un riff idéntico al de ella en su tema Get your freak on.

Luego de un acuerdo, Bad Bunny recibe solo 1 % de las regalías por Safaera y Missy ya figura en los créditos. Al concluir la demanda, la canción volvió a las plataformas de donde fue retirada.

Mi bebito Fiu Fiu

Otro ejemplo reciente es Mi bebito Fiu Fiu, una parodia que usa la melodía de Thank you, de Dido, que luego tuvo una segunda versión junto a Eminem llamada Stan, y que alcanzó millones de reproducciones en Spotify (donde alcanzó el top 50).

Esta viralización causó problemas legales a su autor, el peruano Tito Silva, quien tuvo que enfrentarse a reclamos por derechos de autor hechos por los autores originales de la canción versionada por él. Estos involucraron una multa elevada por ser el tema un infractor en materia intelectual además de un plagio. Por esta razón, el tema terminó siendo borrado de las plataformas de streaming y YouTube.

Como lección de los casos anteriores, es fundamental buscar asesoría legal en temas de Propiedad Intelectual que permitan revisar de la mejor manera los contratos musicales, sin que estos sean perjudiciales a futuro para los creadores originales. En la industria musical, como en muchas otras, es sumamente necesario revisar dónde nacen los derechos de autor de todas las obras.

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