El 8 de agosto, la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó la nueva Ley de Propiedad Intelectual, este nuevo cuerpo normativo moderniza y mejora los mecanismos de protección de las invenciones, obras literarias y artísticas, marcas, modelos de utilidad, símbolos e imágenes que cumplan con estándares de originalidad e innovación.
La nueva ley tiene 340 artículos, sustituye una legislación con más de 30 años de vigencia e impone la creación del Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (Ispi), ente que trabajará en la promoción y defensa de los derechos de propiedad intelectual en El Salvador, así como gestionará las relaciones con entidades internacionales como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi) y sus homólogos en otros países.
Este marco unió en un solo cuerpo la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y la Ley de Propiedad Intelectual, en vigencia.
La firma Arias comunicó que, a grosso modo, en materia de derechos de autor, la ley introduce los siguientes cambios:
- La obligatoriedad de que las Entidades de Gestión Colectiva incluyan en sus tarifarios un descuento de al menos 50 % sobre la tarifa para micro y pequeñas empresas (acreditadas por Conamype).
- Incluye excepciones especiales en beneficio de personas con discapacidades físicas que le impidan el normal acceso a una obra.
- Permite un pago de usuario único y distribuido entre todos los titulares de los derechos de autor y conexos sobre las mismas obras.
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Suzanne de Tablas, socia encargada del departamento de propiedad intelectual de Consortium Legal, señala que la nueva ley pretende que se promueva el desarrollo de invenciones, obras literarias y artísticas y las industrias creativas por medio de la imposición de incentivos arancelarios; por esto, las tasas para los emprendedores tienen ahora 50 % de descuento para la comunidad educativa y los estudiantes, docentes e investigadores que estén debidamente acreditados. Aplicará, además, un descuento de 50 % en los aranceles para las micro y pequeñas empresas, uno para los sectores de cultura y arte.
En materia de marcas y signos distintivos, incluye la definición de marcas no tradicionales como las marcas de sabor, relieve y textura e impone la renovación de marcas, nombres comerciales y señales de publicidad cada 10 años.
El marco prohíbe el patentamiento de productos o procedimientos ya patentados con el fin de atribuirle un uso distinto de la patente original, amplía el plazo de protección de los Diseños Industriales a 15 años, incluye una tasa de rehabilitación de patentes y la definición expresa de la cláusula Bolar (la excepción a los derechos conferidos por una patente farmacéutica en la realización, con fines experimentales, de estudios y ensayos para la autorización de medicamentos genéricos). Además, contempla la protección de circuitos integrados y topografía.
De Tablas precisa que la modernización de los servicios de propiedad intelectual y el desarrollo de nuevas tecnologías podrá permitir que, desde cualquier país del mundo las 24 horas del día, se puedan presentar solicitudes en línea, esto reducirá los tiempos de respuesta, “por lo que colocará a El Salvador con una de las mejores oficinas en la región centroamericana”, mientras el Ispi consolidará las publicaciones mediante una gaceta oficial “lo que será de mucho beneficio para los usuarios y titulares de los derechos de Propiedad Intelectual”.
Morena Zavaleta, socia del departamento de propiedad industrial e intelectual de Arias - El Salvador, precisa que esta normativa posibilita la consolidación de la digitalización de los procesos de registro, ya que sustituye las publicaciones en el Diario Oficial y un periódico de circulación nacional, por publicaciones en el boletín electrónico del nuevo Instituto.
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Otros hitos de la ley
La nueva normativa de propiedad intelectual salvadoreña integró en un solo cuerpo normativo la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y la Ley de Propiedad Intelectual, lo que demuestra que pretende la unificación de la protección de la propiedad intelectual en un texto legal mediante un sistema que la socia de Consortium Legal considera “mucho más eficiente” y “adaptado a las nuevas tendencias tecnológicas, en relación con las mejores prácticas a nivel internacionales”.
Dicho acto se traduce en que la nueva ley pretende una reducción en la complejidad de los servicios para los usuarios y empresas, acorde a la modernización del Estado, mediante la simplificación de procesos y uso de inteligencia artificial, así como mediante la modernización de la digitalización de los servicios de propiedad intelectual.
Respecto a las dos leyes fusionadas en una, Morena Zavaleta explica que, si bien cada tipo de propiedad intelectual mantiene sus disposiciones especiales, se incluye un capítulo de “Disposiciones comunes” que regula aspectos como el manejo de expedientes administrativos, que podrán ser físicos o electrónicos, sistemas de consulta electrónica, caducidad de la gestión, proceso de notificación y rectificación, así como los tribunales competentes en materia de propiedad intelectual.
Una modificación importante, es que ambas leyes carecían de plazos expresos para ciertos actos administrativos por lo que tenían que aplicarse supletoriamente otras normativas, pero ahora han sido incluidos y ello permitirá mayor claridad y seguridad jurídica en los procesos para las personas y empresas que acceden al sistema de propiedad intelectual.
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Ahora, De Tablas señala que la ley permitirá mayor competitividad en la región centroamericana gracias a que fue elaborada con los más altos estándares internacionales, mediante la armonización de tratados internacionales de la Ompi, la revisión de todas las leyes de Propiedad Intelectual centroamericanas y las normas de la Comunidad Andina, entre otras, “lo que permite contar con una nueva ley de Propiedad Intelectual unificada en temas de marcas, patentes, derechos de autor y derechos conexos”.
En el contexto digital, la ley aborda los desafíos específicos que presentan los entornos digitales, en particular, en relación con los signos distintivos y los nombres de dominio, apunta Edna López, socia y encargada de la práctica PI de García & Bodán - El Salvador, quien especifica que, en el caso de los nombres de dominio de primer nivel genérico (gTLDs) y de código de país (ccTLDs), la ley exige que el solicitante que desee registrar un signo distintivo que incluya uno de estos nombres de dominio presente documentación que justifique el uso del mismo.
La ley también abarca la Protección Digital, a la que concibe como la protección de obras y signos distintivos en el entorno digital y el manejo de infracciones en línea, para esto establece plazos de protección legal y Renovación de Derechos que, por ejemplo, dan un plazo de protección a los Nombres Comerciales por 10 años (antes era indefinido), para ofrecer una protección continua de los derechos de propiedad intelectual.
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La nueva ley hace un abordaje a la protección legal del derecho de autor en los entornos digitales en cuanto a las obras literarias, musicales, artísticas y otros tipos de creaciones originales, e incluye obras distribuidas en línea. Aún así, a decir de la socia de Consortium Legal, hay “grandes retos y desafíos en cuanto a la protección legal de las creaciones generadas por Inteligencia Artificial actualmente en El Salvador”.
Todos los cambios planteados en la nueva norma contribuirán al desarrollo de El Salvador. Para Edna López, algunas modificaciones relevantes que influirán a la economía e innovación de su país son que ahora las instituciones educativas reguladas por la Ley General de Educación, así como las instituciones de educación superior, personas inscritas en el Registro Nacional de los Trabajadores de la Cultura y el Arte y las pequeñas empresas tendrán exenciones parciales y que los circuitos integrados y esquema de trazado (topografía) gozarán de protección.
La inclusión de estos nuevos tipos de privilegios industriales complementa otras normativas dirigidas a incentivar la innovación tecnológica en país, tal como la Ley de Fomento a la Innovación y Manufactura de Tecnológica, explica Zavaleta.
Asimismo, añade Suzanne de Tablas, se espera que esta nueva ley facilite la innovación y desarrollo tecnológico en el país y aproveche todos los beneficios establecidos en la Ley de Innovación y Desarrollo Tecnológico, al promover la creación de nuevos productos y servicios y mejorar la competitividad de las empresas salvadoreñas a través de la tecnología.
"La nueva ley busca una adecuada integración con la Ley de Innovación y Desarrollo Tecnológico, para que puedan aprovecharse incentivos fiscales, protección de la propiedad intelectual y creación de “Ecosistemas de innovación”, con el objetivo de tener un mayor alcance a nivel nacional e internacional para la recepción de nuevos trámites".
Adicionalmente, la disminución de pago de tasas oficiales podrá motivar a diferentes sectores, tales como las comunidades educativas y los estudiantes, docentes e investigadores para promover actividades creativas.
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El papel del Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual
Su función es simple, pero fundamental: será el responsable del registro y protección de todos los derechos de propiedad intelectual (marcas, patentes y derechos de autor), ejercerá una efectiva vigilancia del fiel cumplimiento de la ley; desarrollará actividades de asesoría, educación y capacitación técnica; impondrá mecanismos de resolución de conflictos, incluyendo la mediación y la conciliación para temas de derecho de autor con las sociedades de gestión colectivas, y creará una política nacional de protección de la PI, con el objeto de promover la innovación.
Hasta este momento, la tramitación de solicitudes de títulos de propiedad intelectual; la supervisión del uso de obras, interpretaciones y producciones protegidas, y la mediación en los conflictos entre titulares de derechos las desempeña el Registro de la Propiedad Intelectual, pero una vez entre en funciones el Ispi, estas tareas serán trasladadas a este.
Por cierto, el director del Ispi deberá ser abogado y notario con al menos cinco años de experiencia en propiedad intelectual y será nombrado por el director ejecutivo del Centro Nacional de Registros de El Salvador (CNR), el ente del que dependerá el Ispi, un organismo con carácter jurídico y técnico. Además, el Instituto tendrá jefes de departamento y registradores auxiliares, que deben ser abogados y notarios.
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