Las claves de la Ley Fintech en Ecuador

La regulación de plataformas digitales y la protección de datos personales de los usuarios se podrían adaptar de Ley MiCA. / Unsplash, Dayan Quinteros.
La regulación de plataformas digitales y la protección de datos personales de los usuarios se podrían adaptar de Ley MiCA. / Unsplash, Dayan Quinteros.
El regulador tendrá que adaptarse a las necesidades de los emprendedores fintech.
Fecha de publicación: 31/08/2023
Carol Riofrío Torres
Carol Riofrío Torres

La Ley Fintech en Ecuador, como se conoce a la Ley Orgánica para el Desarrollo y Control de los Servicios Financieros Tecnológicos: “permite la entrada de otros participantes a la prestación de servicios financieros, buscando la inclusión financiera de ciudadanos que no han podido acceder a la banca tradicional”, sintetiza Carol Riofrío Torres, directora y líder del área de banca y finanzas de Robalino.

El análisis de sus alcances resulta clave en un escenario políticamente desafiante, como el que atraviesa el país del cono sur.

Un aspecto particularmente relevante de esta regulación es la Estrategia de Seguridad Financiera en la que se circunscribe. A decir de Riofrío Torres, su principal objetivo es proteger los recursos económicos y financieros del público frente a posibles riesgos, a fin de garantizar la estabilidad y solidez del sistema financiero. Para ello, parte de la apuesta de las inversiones se dirige al desarrollo de plataformas y sistemas informáticos que fortalezcan la seguridad de los servicios Fintech, con el reto de mantener una estructura adecuada, y demostrar a los consumidores que son de uso seguro para sus recursos.

“Para lograr una seguridad financiera rígida es importante reforzar la seguridad de las infraestructuras transaccionales de manera tal que sus usuarios no sean víctimas de hackeos, fraudes, robo de dinero e identidad. Si las infraestructuras transaccionales no son seguras, los usuarios de las Fintech evitarán su uso”, indica la abogada.


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Los nuevos participantes y un mercado dinamizado

Por lo pronto, se sabe que la regulación está generando la oportunidad de dinamizar el mercado sin perder el norte de poner niveles de control. Esto último se concreta a través de la Junta de Política y Regulación Financiera, uno de los órganos facultados para velar por la implementación y cumplimiento de la ley.

La Junta llevará el monitoreo de los nuevos participantes en el sistema financiero que incluye la normativa, además podría determinar próximamente actores adicionales. Los nuevos participantes hasta ahora son:

  • Las Sociedades Especializadas de Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPE), a cargo de la recepción de recursos con fines exclusivos de facilitar pagos y traspasos de recursos a través de los medios de pago electrónicos autorizados, así como enviar y recibir giros financieros de conformidad con las regulaciones vigentes que se emitan.
  • Las empresas de concesión digital de créditos que ofrecerán productos de crédito, mediante plataformas electrónicas, sin que esto implique la captación de recursos del público con la finalidad de intermediación.
  • Los neobanco, entidades financieras dedicadas a ofrecer servicios de intermediación bancaria de forma enteramente digital.
  • Las empresas de finanzas personales y asesoría financiera, que cumplen la función de administradoras de finanzas personales, compradores y distribuidores de productos financieros; asesores automatizados y planeación financiera, siempre que su operación se encuentre apoyada en la tecnología.

A los actores se suma una serie de entornos desde donde se podrá modernizar el sistema financiero de Ecuador. Se trata de la oportunidad que la normativa otorga a las empresas del sector para contar con espacios de prueba regulados o SandBox, lo que les permite innovar en modelos de negocio relacionados con los servicios financieros tecnológicos y ofrecer nuevos servicios con la supervisión de los organismos de control.

A continuación, la especialista Carol Riofrío Torres, líder en la materia en Robalino, delinea el panorama que rodea a la Ley y por qué es clave conocer su potencial en este contexto. 


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Retos y recomendaciones para el sector

¿Cuáles son los principales desafíos que las empresas del sector tendrán que afrontar?

Carol Riofrío Torres. Uno de los mayores retos es la competencia con las Instituciones Financieras tradicionales, que cuentan con una gran base de clientes, así como una estructura financiera y física ya establecidas. Esto les permite asumir de mejor manera ciertos costos y gastos para sostener su actividad.

Uno más es la implementación de mecanismos tecnológicos de protección que sean robustos y seguros para evitar vulneraciones de seguridad de la información de los usuarios, como hackeos o filtración de información, así como prevenir y detectar actividades ilícitas, como fraude y lavado de activos.

De otro lado está la confianza del consumidor. Las actividades fintech son relativamente nuevas, el mercado está acostumbrado a la banca tradicional, sobre todo al haber vivido una crisis en el sistema financiero que afectó, en gran medida, a la población, por lo que puede existir duda y desconfianza por parte de los clientes en relación al manejo y existencia de los recursos.

Las fintech deberán trabajar para generar confianza, demostrar seguridad y fiabilidad de sus plataformas y servicios.


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¿Cómo lidiar con la transición que supone la adecuación a esta normativa? 

Ser paciente en cuanto a las regulaciones y requisitos exigidos por los diferentes organismos de control, a través de las normas complementarias que se emitan para el efecto. 

Al ser un marco regulador inicial para fortalecer el sistema financiero, a través de empresas fintech, es normal que no estemos familiarizados con las nuevas necesidades que demanda este emprendimiento normativo y nos resulte rígido y poco flexible.

Entender que al momento no se cuenta con la experiencia necesaria para expedir una norma complementaria definitiva que regule de manera óptima las operaciones fintech. Siempre habrá inconvenientes o inconsistencias que serán identificadas únicamente durante el desarrollo de las actividades, es en ese momento cuando los organismos de control reformarán sus normas para que el funcionamiento mejore progresivamente.

Finalmente, contribuir en las mesas de diálogo que los diferentes organismos de control generan para que los usuarios y las fintech puedan exponer sus ideas y recomendaciones, a fin de aportar en el correcto funcionamiento de las actividades del sector.

¿Cuáles son los alcances de la prohibición sobre la posibilidad de que las instituciones del sistema financiero sean accionistas de una compañía fintech?

La prohibición vulnera el derecho de las entidades financieras a realizar actividades económicas lícitas, en competencia con otras instituciones de la misma naturaleza.

Por ejemplo, las Instituciones de la Economía Popular y Solidaria no tienen esta limitación, por lo que no habría equidad entre los participantes del mercado financiero.

Al respecto, la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (ASOBANCA), presentó el pasado 12 de mayo de 2023 una Acción Pública de Inconstitucionalidad de Actos Normativos ante la Corte Constitucional del Ecuador, misma que al momento se encuentra admitida y en trámite.


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Matices claves del contexto

¿Cuáles son los retos que afronta el regulador y cuáles el público? 

De parte de los reguladores está el desafío de supervisar y controlar el funcionamiento lícito de las actividades del sector, de tal modo que no existan empresas fintech funcionando sin autorización o, a su vez, que no existan empresas fintech involucradas en casos de fraude, lavado de activos, entre otras operaciones ilícitas.

También, adaptarse y entender las necesidades de los emprendedores fintech al momento de emitir su normativa complementaria. Puesto que, si la norma emitida es muy rígida y limitante, puede resultar poco atractiva para las empresas Fintech, provocando que no haya una buena apertura para este tipo de actividades.

También se deberá velar por el cuidado de los dispositivos electrónicos móviles, pues con estos se gestionan las transacciones, ya que terceros no autorizados pueden acceder a sus distintas cuentas para extraer su información financiera y robar su dinero. 

Sobre el público o los usuarios, adaptarse a los nuevos mecanismos y plataformas tecnológicas que los actores del sistema financiero implementen para la prestación de sus servicios. 

Si bien, los actores fintech deben implementar las medidas de seguridad adecuadas para evitar hackeos y vulneraciones a las cuentas de los usuarios, son los usuarios quienes deben evitar en la medida de lo posible exponerse ante situaciones de riesgo. Ello trae como reto final confiar en las empresas que participan en el sistema financiero.

El contexto global en torno al sector incluye una nueva regulación planteada por la UE, se trata de la Ley MiCA. En su opinión, ¿qué aspectos del marco europeo son viables de adaptar a la regulación ecuatoriana? 

La regulación de plataformas digitales es un aspecto de la Ley Mica que podría adaptarse en Ecuador. 

La Ley MICA regula las plataformas digitales dominantes, así como las responsabilidades en términos de competencia justa, transparencia y acceso a datos. Estas medidas podrían ser útiles en Ecuador para promover condiciones de competencia equitativas para velar por la protección de los usuarios. 

Por otro lado, este marco extranjero se enfoca en la protección de datos personales de los usuarios. Ecuador debería proteger también la privacidad de los ciudadanos y promover la confianza en los servicios digitales, en concordancia con lo establecido en nuestra Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

Sin embargo, se debe considerar que cada país tiene sus propias necesidades legales y regulatorias, por lo que, si Ecuador considera adoptar aspectos de la Ley MICA, se debe hacer un análisis previo para identificar qué aspectos de la regulación son adaptables a las necesidades específicas de nuestro país. 


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Considerando la Ley Fintech una buena iniciativa para encaminar al país a convertirse en un hub financiero digital, ¿qué otras metas están pendientes para concretar este logro o, al menos, avanzar hacia él?

Para conseguir esta meta es primordial que todos los órganos de control emitan sus normas complementarias para regular a las empresas del sector acopladas a la naturaleza de sus actividades. El objetivo será que las fintech puedan iniciar la prestación de sus servicios con miras a que los usuarios se familiaricen con ellos.

Por otro lado, es esencial que tanto los órganos de control como los actores promuevan sus actividades como una alternativa más ágil y segura para la gestión de transacciones financieras, incentivando a las personas a convertirse en usuarios de las Ffntech. S

olamente con la apertura de los usuarios a las actividades fintech, Ecuador podrá convertirse en un hub digital.

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