¿Cómo se ha integrado la Ley APP de República Dominicana?

Costa Rica y Panamá fueron los primeros en introducir el marco legal y normativo para regular las APP, siguiendo esta tendencia por República Dominicana. / Unsplash.
Costa Rica y Panamá fueron los primeros en introducir el marco legal y normativo para regular las APP, siguiendo esta tendencia por República Dominicana. / Unsplash.
Un espacio de mejora para su marco normativo es integrar, como parte de sus lineamientos, el cumplimiento con una evaluación ambiental al presentar un proyecto. 
Fecha de publicación: 22/06/2022

Desde la cartera de turismo y salud, y hasta la misma presidencia, durante todo el mes pasado el Ejecutivo dominicano ha hecho intensa promoción de las alianzas público privadas (APP) como el principal motor de la reactivación económica. 

La primera licitación de este tipo se encuentra en marcha desde fines del 2021. Se trata del Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias, plataforma impulsada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) y la Dirección General de Alianzas Público Privadas. El objetivo de esta iniciativa, que será implementada por un agente privado, es concretar planes de inclusión financiera a pequeñas y medianas empresas. 

Emitido a inicios de la pandemia, el marco regulatorio de las APP fue creado con la intención de que todos los proyectos de este corte se desarrollen en un proceso de licitud, igualdad, libre competencia y, sobre todo, transparencia. A decir de Gustavo Mena, socio de la firma Pellerano Nadal, los avances de la Ley APP y su Reglamento de Aplicación No. 434-20 se deben medir continuamente a través del principal desafío, gestionado a través de su dirección el análisis y revisión de los proyectos y ofertas. La práctica dará el veredicto.  

Desde su expertise en las prácticas Inmobiliario y Corporativo, Gustavo Mena y Sekira Hernández, asociada de la firma, delinean el panorama sobre la normativa en APP, sus ajustes pendientes y las oportunidades que va generando.


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¿Cuál es su balance sobre su desarrollo de la Ley APP?  

Gustavo J. Mena
Gustavo J. Mena

Gustavo Mena: República Dominicana requería un marco regulatorio institucional para hacer funcionar de la figura de la APP. A raíz de esa necesidad es promulgada la Ley APP. El principal desafío que enfrenta su dirección, la DGAPP, es lograr sinergias entre los actores de la vida pública (instituciones gubernamentales, órganos centralizados y descentralizados, así como los funcionarios públicos y los políticos), a fin de lograr un objetivo común: el bienestar social, la transparencia de los procesos, la constante evaluación y mejora. Esto lo debe realizar bajo lineamientos del marco regulatorio. Adicionalmente, la DGAPP tiene el desafío de propiciar armonía contractual entre el sector público y el privado.  

Sekira Hernández
Sekira Hernández

Sekira Hernández: En materia de transparencia y la libre competencia e igualdad entre los participantes, la DGAPP contempla un proceso de publicidad y difusión de todas las actuaciones, realizada en conformidad a la Ley APP. Esa publicidad busca que se presente la mayor cantidad de oferentes en los procesos competitivos, lo que da lugar a una mejora en la práctica para la libre competencia. En sí, la Ley APP articula un esquema de confianza entre ambos sectores, público y privado. Esto ha resultado en un gran avance jurídico para el país y, definitivamente, las previsiones legales para fortalecer al sector.   

¿Cuál es su evaluación sobre el desempeño de la DGAPP? 

Gustavo Mena: La DGAPP juega un rol preponderante en estas contrataciones público-privadas para la construcción o mantenimiento de las infraestructuras, así como la provisión de servicios sociales. Esto al ser la entidad que regula, promueve, ordena y tiene la obligación de dar cumplimiento de lo establecido en la Ley APP. Debe también transparentar los procesos y atender la mitigación de riesgos de los proyectos que son presentados. En otras palabras, esta dirección tiene la mayor responsabilidad y, a nuestro criterio, de esta depende la eficiencia con la que se desarrollen los proyectos APP en República Dominicana. 

Actualmente, entendemos que la DGAPP ha realizado un trabajo óptimo, organizado y transparente. Por lo que podemos indicar que su actuar ha sido acorde con la Ley APP y a los principios constitucionales y administrativos por los que deben regirse todas las instituciones y órganos del territorio nacional. 

¿Qué esfuerzos se están haciendo para proteger los recursos naturales? 

Gustavo Mena: La Ley APP no prevé los posibles riesgos ambientales que pudieran producirse en los proyectos, por lo que la responsabilidad en cuanto a los temas ambientales recae en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA).

Ciertamente, la Ley APP y su reglamento solo prevén los riesgos de construcción técnico y terminación, y el cambio monetario. Sin embargo, no contemplan los riesgos ambientales. En efecto, en el acápite donde hace referencia a las leyes vistas y analizadas para su promulgación no se encuentra la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00, lo cual pudiera traducirse en que ese aspecto tan fundamental no es tomado en consideración para el desarrollo de los proyectos de APP.  

Por el momento, mientras no se actúe sobre este aspecto. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) tendrá como reto llevar a cabo los procesos correspondientes para proteger y preservar los recursos naturales en torno a los proyectos de APP que están surgiendo.  

¿Qué recomendaciones debe seguir un inversor potencialmente interesado en aplicar a un proyecto de infraestructura bajo la modalidad de APP? 

Sekira Hernández: Primero, en línea con la temática ambiental, todo inversor deberá procurar una evaluación de impacto ambiental. Ningún proyecto de infraestructura debe desarrollarse sin el debido análisis y evaluación de los recursos ambientales que están en el área donde se va a ejecutar a fin de evitar daños irreparables. En cuanto a los demás aspectos regulatorios, para que el expediente sea instrumentado, debe recopilar toda la información y los documentos que son requeridos por la Ley APP y su reglamento.  

En ese sentido, es importante que las partes a suscribir este contrato, como la Administración Pública y agentes del sector privado, deben establecer sus responsabilidades, obligaciones, derechos y deberes desde el inicio de la contratación, así como las estrategias para la distribución de los riesgos.  


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¿Con esta iniciativa legislativa que impulsa la economía dominicana, cómo queda el país en la región centroamericana? 

Sekira Hernández: Esta normativa es un instrumento clave para regular el desarrollo de proyectos que son de mucho interés para los países que lo adopten. República Dominicana no es el único país que ha adoptado este marco regulatorio. Costa Rica y Panamá fueron los primeros en introducir el marco legal y normativo para regular las APP, siguiendo esta tendencia por República Dominicana.

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